Sanciones

Leves:

  • 1ª. Infracción. Pérdida de 1 mes de prestaciones.
  • 2ª. Infracción. Pérdida de 3 meses de prestaciones.
  • 3ª. Infracción. Pérdida de 6 meses de prestaciones.
  • 4ª. Infracción. Extinción de prestaciones.

Se van a aplicar estas escalas desde la primera infracción y cuando, entre una infracción leve y la precedente, no hayan pasado más de trescientos sesenta y cinco días, independientemente del género de infracción.

Graves:

  • 1ª. Infracción. Pérdida de 3 meses de prestaciones.
  • 2ª. Infracción. Pérdida de 6 meses de prestaciones.
  • 3ª. Infracción. Extinción de prestaciones.

Sin embargo la escala precedente, se sancionará con la extinción de la prestación, el no comunicar, salvo causa justificada, las bajas en las posibilidades en el instante en que se generen situaciones que den sitio a la suspensión o extinción del derecho, o cuando se dejen de reunir los requisitos para el derecho a percibirlas, cuando por cualquiera de dichas causas se haya percibido inadecuadamente la prestación.

Se van a aplicar estas escalas desde la primera infracción y cuando, entre una infracción grave y la precedente, no hayan pasado más de los trescientos sesenta y cinco días, independientemente del género de infracción.

Muy graves:

En el caso de las posibilidades o subsidios por desempleo o de la prestación por cese de actividad de la persona autónoma, las infracciones muy graves se sancionarán con la extinción.

Del mismo modo, se les va a poder excluir del derecho a percibir cualquier prestación económica y, en su caso, ayuda de promuevo de empleo a lo largo de un año, como del derecho a participar a lo largo de ese periodo en F.P. para el uso.

Sin embargo las sanciones precedentes, si no se cumplen las obligaciones y esto afecta al cumplimiento y conservación de los requisitos que dan derecho a la prestación, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) va a poder suspender temporalmente dicha prestación hasta el momento en que la resolución administrativa sea terminante.

Con independencia de la imposición de la sanción, se van a devolver las cantidades percibidas inadecuadamente.